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Política AML y KYC

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1. Introducción

1.1 Esta Política AML y KYC describe los procedimientos aplicados por la Compañía para prevenir el lavado de dinero, el financiamiento del terrorismo, el fraude y otras actividades ilegales.

1.2 La Compañía se compromete a mantener un marco de cumplimiento basado en riesgos alineado con las prácticas internacionales generalmente aceptadas.

1.3 Al utilizar la Plataforma, el Cliente acepta cumplir con esta Política.


2. Definición de Lavado de Dinero

2.1 El lavado de dinero generalmente se refiere a actividades destinadas a ocultar o disfrazar el origen de fondos obtenidos ilegalmente.

2.2 Típicamente ocurre en tres etapas:

  • Colocación — introducción de fondos en el sistema financiero;
  • Estratificación — movimiento de fondos para ocultar su origen;
  • Integración — reintroducción de fondos en la economía como activos legítimos.

2.3 La Compañía aplica medidas para detectar y prevenir dichas actividades.


3. Enfoque Basado en Riesgos

3.1 La Compañía aplica un enfoque basado en riesgos para el cumplimiento de AML y KYC.

3.2 Cada Cliente puede ser evaluado en función de factores que incluyen:

  • ubicación geográfica;
  • comportamiento transaccional;
  • métodos de pago;
  • patrones de actividad de la cuenta.

3.3 El nivel de verificación y monitoreo puede variar según el riesgo evaluado.


4. Identificación del Cliente (KYC)

4.1 Se puede requerir al Cliente que proporcione documentos de identificación, incluyendo:

  • pasaporte o documento nacional de identidad;
  • comprobante de domicilio (factura de servicios, estado de cuenta bancario);
  • documentos adicionales cuando sea necesario.

4.2 La Compañía puede solicitar una fotografía o verificación mediante selfie para confirmar la identidad.

4.3 La Compañía se reserva el derecho de solicitar verificación en cualquier momento, incluso después del registro de la cuenta o durante la actividad de la misma.


5. Origen de los Fondos

5.1 La Compañía puede solicitar información o documentación que confirme el origen de los fondos.

5.2 Dicha documentación puede incluir:

  • estados de cuenta bancarios;
  • confirmaciones de pago;
  • otros documentos de respaldo.

5.3 La falta de información suficiente puede resultar en restricciones sobre la Cuenta.


6. Monitoreo Continuo

6.1 La Compañía realiza un monitoreo continuo de la actividad del Cliente.

6.2 El monitoreo puede incluir:

  • análisis de transacciones;
  • patrones de comportamiento;
  • detección de actividad inusual o de alto riesgo.

6.3 La Compañía puede reevaluar los niveles de riesgo en cualquier momento.


7. Sanciones y Verificaciones

7.1 La Compañía aplica procedimientos de verificación de sanciones y cumplimiento normativo de conformidad con los estándares internacionales reconocidos y los regímenes de sanciones aplicables, incluidos, entre otros, las sanciones, medidas restrictivas y listas de vigilancia emitidas por las Naciones Unidas (ONU), la Unión Europea (UE), la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) y otras autoridades competentes.

7.2 La Compañía verifica a los Clientes, beneficiarios reales, representantes, contrapartes, transacciones, métodos de pago, origen de fondos y otra información relevante contra las listas de sanciones aplicables, bases de datos de personas políticamente expuestas (PEP), fuentes de medios negativos y otras bases de datos de cumplimiento basadas en riesgos.

7.3 De conformidad con sus políticas internas, la Compañía no abre Cuentas, no presta servicios ni procesa transacciones para personas que:

  • estén sujetas a sanciones económicas, financieras, comerciales u otras medidas restrictivas;
  • sean ciudadanos o residentes de países o territorios donde las transacciones estén prohibidas o restringidas por sanciones internacionales aplicables;
  • se encuentren en, operen desde o estén de otro modo vinculadas a países o territorios restringidos o sancionados;
  • sean identificadas como de alto riesgo según los criterios determinados por el Departamento de Cumplimiento de la Compañía;
  • estén involucradas, sean sospechosas de participación o estén conectadas con el lavado de dinero, financiamiento del terrorismo, fraude, evasión de sanciones u otras conductas ilegales.

7.4 Países y Territorios Restringidos y Sancionados

La lista de países y territorios restringidos se determina y revisa periódicamente en función de los regímenes de sanciones aplicables, las jurisdicciones de alto riesgo de GAFI y las jurisdicciones bajo mayor seguimiento, indicadores de riesgo AML/CTF, riesgo geopolítico, riesgo de corrupción, riesgo de financiamiento del terrorismo, requisitos regulatorios, requisitos de proveedores de pagos, y la evaluación interna de riesgos y el apetito de riesgo de la Compañía.

Actualmente, la Compañía considera como restringidos los siguientes países y territorios:

  • Afganistán;
  • Belarús;
  • República Centroafricana;
  • Congo;
  • Cuba;
  • República Democrática del Congo;
  • Irán;
  • Irak;
  • Líbano;
  • Libia;
  • Malí;
  • Myanmar;
  • Corea del Norte;
  • Federación Rusa;
  • Somalia;
  • Sudán del Sur;
  • Sudán;
  • Siria;
  • Venezuela;
  • Yemen;
  • Zimbabue;
  • Crimea (Ucrania);
  • Región de Donetsk (Ucrania);
  • Región de Lugansk (Ucrania);
  • áreas no controladas por el gobierno / ocupadas de la región de Zaporizhzhia (Ucrania);
  • áreas no controladas por el gobierno / ocupadas de la región de Kherson (Ucrania).

7.5 La Compañía podrá, a su entera discreción, restringir o denegar el acceso a la Plataforma, rechazar la incorporación, suspender o cancelar Cuentas, congelar o rechazar transacciones, solicitar información adicional o aplicar diligencia debida mejorada cuando así lo exijan:

  • requisitos regulatorios;
  • resultados de la verificación de sanciones;
  • resultados de la evaluación de riesgos;
  • restricciones de los proveedores de pagos;
  • políticas internas de cumplimiento;
  • el apetito de riesgo interno de la Compañía.

7.6 La Compañía se reserva el derecho de actualizar, modificar, ampliar o cambiar la lista de países, territorios, personas, entidades, actividades y transacciones restringidos en cualquier momento sin previo aviso, en función de cambios en las leyes aplicables, regímenes de sanciones, expectativas regulatorias, requisitos de proveedores de pagos o la evaluación interna de riesgos de la Compañía.


8. Puntuación de Riesgo

8.1 A las cuentas se les pueden asignar puntuaciones de riesgo internas basadas en la actividad y el perfil.

8.2 La puntuación de riesgo puede influir en:

  • requisitos de verificación;
  • límites de transacciones;
  • procesamiento de retiros.

9. Restricciones y Medidas

9.1 Con el fin de garantizar el cumplimiento, la Compañía puede:

  • solicitar información adicional;
  • restringir temporalmente la funcionalidad de la Cuenta;
  • retrasar o rechazar transacciones;
  • suspender o cancelar la Cuenta.

9.2 Dichas medidas se aplican cuando existe una preocupación razonable con respecto al cumplimiento, la seguridad o el riesgo.


10. Responsabilidades del Cliente

10.1 El Cliente debe proporcionar información precisa y actualizada.

10.2 El Cliente no debe utilizar:

  • información falsa o engañosa;
  • identidades de terceros;
  • métodos de pago no autorizados.

10.3 El Cliente es responsable de notificar a la Compañía sobre cualquier cambio en sus datos personales.


11. Informes

11.1 La Compañía puede reportar actividades sospechosas a las autoridades pertinentes cuando así lo exijan las leyes aplicables.

11.2 La Compañía puede cooperar con organismos regulatorios y de aplicación de la ley.


12. Retención de Datos

12.1 La Compañía puede retener los datos del Cliente por el período necesario para:

  • cumplir con las obligaciones legales;
  • resolver disputas;
  • garantizar la seguridad y la prevención del fraude.

13. Verificación por Terceros

13.1 La Compañía puede utilizar proveedores de servicios externos para la verificación de identidad y las comprobaciones de cumplimiento.

13.2 Dichos proveedores pueden procesar datos de acuerdo con sus propias políticas y la normativa aplicable.


14. Contacto

14.1 Para consultas relacionadas con AML y KYC, los Clientes pueden contactar:

support@cronika.com